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Suspensión de la emergencia económica: implicaciones tributarias para 2026

OCH Blog Suspensión de la emergencia económica

Este contenido es producido por OCH Group, Independent Member de GGI en Colombia.

La Corte Constitucional suspendió provisionalmente el Decreto 1390 de 2025, afectando las medidas tributarias adoptadas para 2026. Este análisis examina las implicaciones para la planificación fiscal empresarial y la necesidad de ajustar estrategias ante la incertidumbre normativa.

Autor: Antonio Ochoa

Contexto normativo y decisión de la Corte Constitucional

El 22 de diciembre de 2025, el Gobierno Nacional declaró el Estado de Emergencia Económica y Social mediante el Decreto 1390 de 2025, con el objetivo de implementar medidas urgentes para enfrentar la crisis fiscal y económica del país. Sin embargo, el 29 de enero de 2026, la Corte Constitucional suspendió provisionalmente dicho decreto, argumentando que las causas invocadas no cumplían con los requisitos de imprevisibilidad y gravedad exigidos por la Constitución para declarar un estado de excepción.

La Corte consideró que los problemas fiscales alegados eran estructurales y previsibles, y que existían mecanismos ordinarios para su tratamiento, por lo que la utilización de poderes excepcionales no estaba justificada. Esta suspensión también afectó los decretos legislativos expedidos en desarrollo del Decreto 1390, incluyendo el Decreto 1474 de 2025, que contenía medidas tributarias transitorias para el año gravable 2026.

Implicaciones para la planeación tributaria empresarial

La suspensión de la emergencia económica y de las medidas tributarias asociadas genera un escenario de incertidumbre para las empresas en su planificación fiscal para 2026. Entre las medidas suspendidas se encontraban:

  • Nuevos hechos generadores y ampliaciones de base gravable en materia de IVA.
  • Modificaciones al impuesto al patrimonio.
  • Incrementos temporales de tarifas y sobretasas sectoriales.
  • Creación de un impuesto complementario de normalización tributaria.
  • Beneficios transitorios en materia de sanciones, intereses y obligaciones formales.

Las empresas que habían iniciado procesos de ajuste o aprovechamiento de estos beneficios deben reevaluar sus estrategias fiscales y considerar la posibilidad de devoluciones, compensaciones o reliquidaciones, dependiendo del alcance del fallo definitivo de la Corte.

Recomendaciones desde la experiencia de OCH Group

En nuestra línea de Contaduría & BPO de OCH Group, recomendamos a las empresas:Realizar un análisis detallado de las operaciones y decisiones fiscales tomadas con base en los decretos suspendidos.

  • Evaluar el impacto financiero de la suspensión de beneficios tributarios y ajustar las proyecciones de flujo de caja.
  • Mantenerse informadas sobre los pronunciamientos de la DIAN y otras autoridades fiscales respecto al tratamiento de las obligaciones afectadas.
  • Preparar documentación y soportes necesarios para posibles procesos de devolución o compensación.

Desde la experiencia del equipo de OCH, estos cruces normativos suelen revelar inconsistencias estructurales que deben ser abordadas con una arquitectura de control robusta y un gobierno de datos efectivo.

Consideraciones finales

La suspensión provisional del Decreto 1390 de 2025 por parte de la Corte Constitucional representa un hito en el control de los estados de excepción en Colombia y plantea desafíos significativos para la planificación tributaria empresarial en 2026. Es fundamental que las organizaciones adopten un enfoque proactivo y técnico para adaptarse a este entorno normativo cambiante.

En nuestra línea de Contaduría & BPO de OCH Group integramos el análisis normativo con soluciones prácticas para apoyar a las empresas en la gestión de sus obligaciones fiscales y en la adaptación a los cambios regulatorios. Conozca más en: https://www.ochgroup.co/bpo-bookkeeping1/

Normas y documentos oficiales consultados:

  • Decreto 1390 de 2025 – Declaratoria del Estado de Emergencia Económica y Social.
  • Auto 082 de 2026 – Suspensión provisional del Decreto 1390 de 2025 por la Corte Constitucional.
  • Decreto 1474 de 2025 – Medidas tributarias adoptadas en desarrollo del Decreto 1390 de 2025.

 

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