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Supersociedades amplía el plazo a las empresas obligadas para la revisión y ajuste de su política LA/FT y SAGRLAFT – SAGRILAFT

OCH Blog Supersociedades amplía el plazo a las empresas obligadas para la revisión y ajuste

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Esta circular amplía el plazo de adopción del SAGRILAFT a las empresas obligadas, hasta el 31 de agosto de 2021.

Autor: Andrea Giraldo– Gerente de Auditoria – e-mail: andrea.giraldo@ochgroup.co

Mediante Circular Externa  100-00004 del 9 de abril de 2021, emitida por la Superintendencia de Sociedades, amplia el plazo del Régimen de adopción de medidas mínimas o SAGRILAFT a las empresas obligadas, inicialmente 

establecido para el 31 de mayo de 2021 por la Circular Externa 100-000016 del 24 de diciembre de 2020 , extendiéndolo hasta el 31 de agosto de 2021.

 

Es así como como según lo establecido  Circular Externa 100-000016 del 24 de diciembre de 2020, la cual 

modificó el Capítulo X de la Circular Básica Jurídica 100-000005 de 2017 las empresas sujetas a vigilancia o al control de esta superintendencia y para el cierre del 31 de diciembre de 2020, sus Ingresos totales o activos sean iguales o superiores a  $ 35.112 millones (40.000) SMMLV; o las empresas que pertenezca a sectores como: Agentes inmobiliarios, Comercialización de metales preciosos y piedras preciosas, Servicios Jurídicos, Servicios contables, construcción de edificios y obras de ingeniería civil, Activos virtuales, supervisión especial o regímenes especiales. Deberán implementar y poner en marcha el denominado sistema de Autocontrol y Gestión del Riesgo LA/FT/FPADM- SAGRILAFT, teniendo en cuenta tipo de negocio, operación, riesgo, tamaño, área geográfica donde opera, clientes, entre otros, elaborar  matriz de riesgos  acorde con su realidad empresarial, además definir e implementar el sistema integral de gestión de riesgo que permita fortalecer los controles y evitar que la sociedad sea usada en actividades de lavado de activos, el financiamiento de terrorismo y otras actividades consideradas como fuente de lavado de activos, es así, como esta modificación tiene como objetivo profundizar bajo un enfoque basado en riesgos la gestión que las sociedades obligadas deben realizar garantizando la adopción de las políticas, mecanismos y demás elementos exigidos por la norma.

Fuente: https://www.supersociedades.gov.co/nuestra_entidad/normatividad/normatividad_circulares/Circular_100-000004_de_9_de_abril_de_2021.pdf

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