Autor: Yovan Alfredo Saavedra Cabrejo
De acuerdo con la NIA 240, en cuanto a las responsabilidades tanto de los encargados del gobierno, cómo del auditor en relación con la prevención y detección del fraude indica lo siguiente:
“Los responsables del gobierno de la entidad y la dirección son los principales responsables de la prevención y detección del fraude. Es importante que la dirección, supervisada por los responsables del gobierno de la entidad, ponga gran énfasis en la prevención del fraude, lo que puede reducir las oportunidades de que éste se produzca, así como en la disuasión de dicho fraude, lo que puede persuadir a las personas de no cometer fraude debido a la probabilidad de que se detecte y se sancione. Esto implica el compromiso de crear una cultura de honestidad y comportamiento ético, que puede reforzarse mediante una supervisión activa por parte de los responsables del gobierno de la entidad. La supervisión por los responsables del gobierno de la entidad incluye prever la posibilidad de elusión de los controles o de que existan otro tipo de influencias inadecuadas sobre el proceso de información financiera, tales como intentos de la dirección de manipular los resultados con el fin de influir en la percepción que de ellos y de la rentabilidad de la empresa tengan los analistas”.
(…) Responsabilidad del auditor. El auditor que realiza una auditoría de conformidad con las NIA es responsable de la obtención de una
seguridad razonable de que los estados financieros considerados en su conjunto están libres de incorrecciones
materiales debidas a fraude o error. Debido a las limitaciones inherentes a una auditoría, existe un riesgo
inevitable de que puedan no detectarse algunas incorrecciones materiales en los estados financieros, incluso
aunque la auditoría se haya planificado y ejecutado adecuadamente de conformidad con las NIA.
(…) En el proceso de obtención de una seguridad razonable, el auditor es responsable de mantener una actitud de escepticismo profesional durante toda la auditoría, teniendo en cuenta la posibilidad de que la dirección eluda los controles y reconociendo el hecho de que los procedimientos de auditoría que son eficaces para la detección de errores pueden no serlo para la detección del fraude. Los requerimientos de la NIA 240 se han diseñado para facilitar al auditor la identificación y valoración de los riesgos de incorrección material debida a fraude, así como el diseño de procedimientos destinados a detectar dicha incorrección.
Por lo anterior, es imperativo tener una cultura de ética y buen gobierno adecuada, definida y controlada respecto a la prevención y detección del fraude, en la cual tanto la función del auditor como del personal al interior de la Compañía es fundamental.
Fuentes:
- Norma Internacional De Auditoría 240 – Responsabilidades del auditor en la auditoría de estados financieros con respecto al fraude.
- https://www.aplicaciones-mcit.gov.co/adjuntos/niif/15-%20A012%202013%20IAASB%20Handbook%20ISA%20240%20ES_wm.pdf