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Reexpresión de estados financieros

OCH Blog Aspectos fundamentales del Dictamen Pericial financiero

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La reexpresión de estados financieros, consiste en corregir el reconocimiento, medición, presentación e información a revelar sobre los importes de los elementos de los estados financieros, como si el error cometido en periodos anteriores no se hubiera cometido nunca. Cuando se trate de un error contable, debe observarse si dicho error es material o inmaterial, de tratarse de un error inmaterial, este puede corregirse en el periodo actual reconociendo un gasto (ingreso) relacionado con la partida que presenta error; pero de tratarse de un error material, debe realizarse una reexpresión retroactiva de las cifras comparativas en los estados financieros.

Autor: Yudy Andrea Giraldo A

La reexpresión de estados financieros, consiste en corregir el reconocimiento, medición, presentación e información a revelar sobre los importes de los elementos de los estados financieros, como si el error cometido en periodos anteriores no se hubiera cometido nunca. Ocurre cuando los Estados Financieros  presentan errores materiales en las afirmaciones sobre tipos de transacciones, saldos contables o revelaciones, incorporadas en los informes financieros presentados por la entidad, correspondiente a periodos anteriores.

Cuando se trate de un error contable, debe observarse si dicho error es material o inmaterial, de tratarse de un error inmaterial, este puede corregirse en el periodo actual reconociendo un gasto (ingreso) relacionado con la partida que presenta error; pero de tratarse de un error material, debe realizarse una reexpresión retroactiva de las cifras comparativas en los estados financieros.

 

En la sección 10 de Niif para Pymes, Sección 10 Políticas, Estimaciones y Errores Contables, en el apartado correspondiente a  “Corrección de errores de periodos anteriores” dice: P.10.19 Son errores de periodos anteriores las omisiones e inexactitudes en los estados financieros de una entidad correspondientes a uno o más periodos anteriores, que surgen de no emplear, o de un error al utilizar, información fiable que: estaba disponible cuando los estados financieros para esos periodos fueron autorizados a emitirse; y (b) podría esperarse razonablemente que se hubiera conseguido y tenido en cuenta en la elaboración y presentación de aquellos estados financieros.

P.10.20 Dentro de estos errores se incluyen los efectos de errores aritméticos, errores en la aplicación de políticas contables, la inadvertencia o mala interpretación de hechos, así como los fraudes.

P.10.21 En la medida en que sea practicable, una entidad corregirá de forma retroactiva los errores significativos de periodos anteriores, en los primeros estados financieros formulados después de su descubrimiento:

(a) reexpresando la información comparativa para el periodo o periodo anteriores en los que se originó el error; o

(b) si el error ocurrió con anterioridad al periodo más antiguo para el que se presenta información, reexpresando los saldos iniciales de activos, pasivos y patrimonio para dicho periodo.

P.10.22 Cuando sea impracticable la determinación de los efectos de un error en la información comparativa de uno o más periodos anteriores presentados, la entidad reexpresará los saldos iniciales de los activos, pasivos y patrimonio del primer periodo para el cual la reexpresión retroactiva sea practicable (que podría ser el periodo corriente).

Información a revelar sobre errores de periodos anteriores

10.23 Una entidad revelará la siguiente información sobre errores en periodos anteriores:

(a) la naturaleza del error del periodo anterior;

(b) para cada periodo anterior presentado, en la medida en que practicable, el importe de la corrección para cada partida afectada de los estados financieros;

(c) en la medida en que sea practicable, el importe de la corrección al principio del primer periodo anterior sobre el que se presente información; y

(d) una explicación si no es practicable determinar los importes a revelar en los apartados (b) o (c).

No es necesario repetir esta información a revelar en estados financieros de periodos posteriores.

 

La presentación de los  Estados Financieros, para el periodo que se efectúa la Reexpresión, se debe realizar en tres columnas: una con la información del año, y los comparativos deben incluir, una columna como se había presentado la información financiera en el periodo anterior y otra en la cual se indique que es Reexpresado, con la nuevas cifras, esto con el propósito que los usuarios de la información financiera, puedan determinar con facilidad  los rubros que presentaron error, la variación e impacto de los mismo. Es importante recalcar que cada cifra que presente variación, debe contar su respectiva revelación, cumpliendo en la misma con lo indicado en la normatividad, tal como lo indicamos de manera taxativa en renglones anteriores. Véase Información a revelar sobre errores de periodos anteriores.

 

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