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¿Qué es el PTEE y quienes están obligados a implementarlo según SuperSociedades?

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Este contenido es producido por OCH Group, Independent Member de GGI en Colombia.

La corrupción en Colombia ha sido un problema histórico y ha dado lugar a numerosos escándalos. Algunos de los primeros incluyen el "Cartel de la Contratación", el "Proceso 8.000" y el escándalo de Agro Ingreso Seguro. Debido a ello, Colombia ha tomado medidas para combatir la corrupción, incluyendo la implementación de la Ley Antisoborno y la promoción de la transparencia y ética empresarial. La ley Antisoborno establece un régimen especial para investigar e imponer sanciones administrativas a las personas jurídicas involucradas en conductas de soborno transnacional. El Decreto 1736 de 2020 faculta a la Superintendencia de Sociedades para instruir a sus supervisados sobre las medidas que deben adoptar para promover la transparencia y ética empresarial. La circular externa 100_000011 del 2021 establece los lineamientos de cumplimiento para el Programa de Transparencia y Ética Empresarial (PTTE), que es un conjunto de políticas y procedimientos que previenen y gestionan los riesgos de corrupción y soborno transnacional en una organización.

Autor: Felipe Lopera Bohórquez

 

Durante las últimas décadas, Colombia ha implementado medidas para combatir la corrupción y ha realizado acuerdos internacionales, como la Convención Interamericana contra la Corrupción y la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción.

 

En 2016, se promulgó la Ley 1778 (Ley Antisoborno), que establece un régimen especial para investigar e imponer sanciones administrativas a las personas jurídicas involucradas en conductas de soborno transnacional y fortalecer la prevención y lucha contra la corrupción. El Decreto 1736 de 2020 faculta a la Superintendencia de Sociedades para instruir a sus supervisados sobre las medidas que deben adoptar para promover la transparencia y la ética empresarial. La Superintendencia de Sociedades cuenta con la facultad para investigar y sancionar administrativamente a cualquier persona jurídica domiciliada en Colombia por infracciones a la Ley 1778 de 2016.

 

Las instrucciones y recomendaciones administrativas están encaminadas a la elaboración y puesta en marcha de programas de transparencia y ética empresarial efectivos para mitigar el riesgo de soborno transnacional y de corrupción.

En el año 2021, la Superintendencia de Sociedades publicó la circular externa 100_000011 explicando la modificación y los lineamientos de cumplimiento que allí contiene. Entre ellos está el PTEE (Programa de Transparencia y Ética Empresarial)

 

¿Qué es el PTTE?

El Programa de Transparencia y Ética empresarial (PTTE) es un conjunto de políticas y procedimientos que previenen y gestionan los riesgos de corrupción y soborno transnacional en una organización. Se basa en estándares internacionales y normativas de la Superintendencia de Sociedades de Colombia para proteger los activos y patrimonios de la empresa, garantizando que sus operaciones internacionales sean éticas y transparentes.

 

¿Quiénes están obligados a implementar un PTTE?

De acuerdo con la circular externa del 2021, están obligadas las siguientes organizaciones:

Tipificación Característica Monto
 

 

 

 

Sociedades vigiladas

 

 

*Nota:  Las Sociedades Vigiladas que se

encuentren obligadas a cumplir con los requisitos mencionados en este numeral,

estarán obligadas a identificar y evaluar los Riesgos de Soborno Transnacional.

1) Que al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior hayan realizado Negocios o Transacciones Internacionales de cualquier naturaleza directamente o a través de un intermediario o contratista, con persona natural o jurídica extranjera de derecho público o privado de un monto igual o superior a los cien SMMLV.  

 

Igual o superior a 100 SMMLV

2) Que al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior hayan tenido ingresos totales o tengan activos totales iguales o superiores a treinta mil SMMLV.  

Igual o superior a 30.000 SMMLV

 

 

 

Empresas

 

*Nota: Las Entidades Supervisadas que se encuentren obligadas a cumplir con los requisitos del presente numeral, estarán obligadas a identificar y evaluar los Riesgos de Corrupción.

1) Que al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior hayan celebrado contratos con Entidades Estatales con una cuantía igual o superior a quinientos SMMLV.  

Igual o superior a 500 SMMLV

2) Que al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior hubiesen obtenido ingresos totales o tengan activos totales iguales o superiores a treinta mil SMMLV. Igual o superior a 30.000 SMMLV

 

 

 

 

Sector empresarial Característica Monto
 

 

*Farmacéutico.

*Infraestructura y Construcción.

*Manufacturero.

*Minero – energético.

*TIC

* Vehículos, partes y accesorios.

*Actividades auxiliares de servicios financieros.

 

*Nota: Las Entidades Supervisadas que se encuentren obligadas por cumplir con los requisitos del presente numeral, solamente estarán obligadas a identificar y evaluar los Riesgos de Corrupción.

 

1) Que al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior hayan celebrado contratos con Entidades Estatales con una cuantía igual o superior a quinientos SMMLV.  

Igual o superior a 500 SMMLV

2) Que al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior, hubiesen obtenido Ingresos Totales iguales o superiores a tres mil SMMLV.  

Igual o superior a 3.000 SMMLV

3) Que al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior, hubiesen tenido Activos Totales iguales o superiores a cinco mil 5.000 SMMLV.  

Igual o superior a 5.000 SMMLV

*Nota: En la circular externa 100_000011 se especifican los códigos del registro mercantil para cada sector empresarial aplicable.

 

Los lineamientos para la elaboración de un PTEE (Programa de Transparencia y Ética empresarial) recoge las mejores prácticas internacionales, pero cada entidad obligada debe evaluar sus propios riesgos de corrupción y soborno transnacional. Un buen PTEE debe permitir a la entidad prevenir, detectar y corregir situaciones con potencialidad de convertirse en prácticas de corrupción, compilando todas las normas internas y valores éticos apropiados.

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