De acuerdo con las Normas Internacionales de Información Financiera para PyMES, las compañías pueden tener, de acuerdo con su participación, con la posición del inversor o con otras características cualitativas y cuantitativas, inversiones en otras sociedades que representen una Asociada o un Negocio conjunto.
Una inversión será clasificada como una Asociada en principio si el porcentaje de participación o de los derechos de voto del inversor es del 20% o más y así mismo menor al 50%, considerando además de esto que posee influencia significativa sobre la compañía y que no posee control sobre la misma por otros vehículo directos o indirectos como los mencionados. Bajo el criterio de NIIF, influencia significativa se define como la capacidad de influenciar significativamente las decisiones financieras y operacionales de la compañía invertida, y está representado en asuntos como las posiciones administrativas y de junta directiva, la dependencia técnica o una relación comercial muy estrecha, entre otros, que, como podemos ver, significan ya una posición estratégica dentro de la inversión.
De la misma forma, una inversión será clasificada como un Negocio Conjunto en principio, si el control de la entidad se ejerce de manera conjunta con otros inversores, como ejemplo la participación o derechos de voto en una compañía en partes iguales (50% – 50%) o sumando con 2 o mes partes la participación mayoritaria de los derechos de voto (una parte con 40% y otra con 30%, acuerdan controlar conjuntamente una entidad) y ninguno de los inversores solos tiene control de la entidad por sí solo. De alguna manera, NIIF para PyMES trata estas inversiones de control conjunto bajo el mismo criterio de las Asociadas, asimilando un poco el concepto de influencia significativa, pero distinguiendo la posibilidad de mediante este control conjunto, dominar las políticas administrativas, financieras y comerciales de la entidad invertida.
En ambos casos, teniendo una inversión en una asociada o un negocio conjunto, NIIF para PyMES permite, la elección como política contable la medición mediante el modelo de costo, el método de participación o el valor razonable, así:
“14.4 Un inversor contabilizará todas sus inversiones en asociadas utilizando una de las siguientes opciones:
- El modelo de costo del párrafo 14.5.
- El método de la participación del párrafo 14.8.
- El modelo del valor razonable del párrafo 14.9”
A continuación, se describen las consideraciones más relevantes de cada uno de los métodos:
Modelo del costo
“14.5 Un inversor medirá sus inversiones en asociadas, distintas de aquellas para las que hay un precio de cotización publicado (véase el párrafo 14.7) al costo menos las pérdidas por deterioro del valor acumuladas reconocidas de acuerdo con la Sección 27 Deterioro del Valor de los Activos.
14.6 El inversor reconocerá los dividendos y otras distribuciones recibidas procedentes de la inversión como ingresos, sin tener en cuenta si las distribuciones proceden de las ganancias acumuladas de la asociada, surgidas antes o después de la fecha de adquisición.”
Método de la participación
“14.8 Según el método de la participación, una inversión en patrimonio se reconocerá inicialmente al precio de la transacción (incluyendo los costos de transacción) y se ajustará posteriormente para reflejar la participación del inversor tanto en el resultado como en otro resultado integral de la asociada.”
Modelo del valor razonable
“14.9 Cuando se reconoce una inversión en una asociada inicialmente, un inversor la medirá al precio de la transacción. El precio de transacción excluye los costos de transacción.
14.10 En cada fecha sobre la que se informa, un inversor medirá sus inversiones en asociadas al valor razonable, con cambios en el valor razonable reconocidos en los resultados, utilizando la guía del valor razonable contenida en los párrafos 11.27 a 11.32. Un inversor que use el modelo del valor razonable para las inversiones en asociadas utilizará el modelo de costo para las inversiones en asociadas en las que sea impracticable medir el valor razonable con fiabilidad, sin incurrir en un costo o esfuerzo desproporcionado.”
Fuente: NIIF para PyMES