Autor: Laura Maria Valderrama Cano – Labor Law Manager OCH – laura.valderrama@ochgroup.co
Contexto:
En el marco de la continua emergencia sanitaria del Covid -19 desde el 11 de marzo de 2020, en el cual el Estado Colombiano atendiendo a las obligaciones generales enmarcadas desde los deberes constitucionales de cuidado de integral de salud y de la comunidad enmarcada en los artículos 49 y 45 de nuestra Política y bajo los derechos universales a la salud publica y la vida, el Gobierno expide el Decreto 1615 de 2021, el cual ordeno instrucciones de exigencia del carnet de vacunación en los ventos presenciales públicos o privados, bares, gastrobares, restaurantes, cines, discotecas, zonas de baila, conciertos, casinos, bingos, actividades de ocio, el cual entro en vigencia a partir del 14 de diciembre de 2021 para mayores de 18 años y para mayores de 12 años desde el 28 de diciembre de 2021, exceptuándose la población entre (0) y 12 años de edad.
Adicionalmente, desde el referido de Decreto exige un esquema de vacunación completo para el desarrollo de actividades de carácter publico o privado anteriormente relacionadas permitiendo aforo del 100%.
Obligatoriedad de exigencia del esquema de vacunación Covid 19 a trabajadores
El Ministerio del trabajo mediante reciente circular 003 de 2022, dirige a los empleadores y trabajadores de los sectores productivos abiertos con atención al público, insta especialmente a los empleadores y trabajadores a:
- Dar cumplimiento por parte del trabajador contar con el esquema de vacunación completa cuando estos desarrollen actividades presenciales de carácter público o privado que implique la asistencia masiva a bares, gastrobares, restaurantes, cines, discotecas, lugares de baile, conciertos, casinos, bingos, actividades de ocio, escenarios deportivos, parque de diversiones, museos y ferias.
- Presentar por parte de los trabajadores de establecimientos públicos el carnet completo de vacunación ante el empleador.
- Cumplir por ambas partes empleadores y trabajadores como una medida prevención en la emergencia sanitaria.
- Empleadores deberán promover acciones, mecanismos de protección de la vida de los trabajadores con la continuidad de los protocolos de bioseguridad
Fuente: Circular 03 de 2022 Mintrabajo, Decreto 1615 de 2021.