Autor: Laura Valderrama
A propósito de los reciente radicación del Gobierno de proyecto de reforma laboral el pasado 23 de agosto de 2023 ante la Cámara de representantes que tiene objetivo la modificación del Código Sustantivo del trabajo, la ley 50 de 1990, ley 789 de 2002 y otras normas laborales en materia de relaciones individuales de trabajo, estabilidad laboral, remuneración ingresos laborales al trabajador, formalización laboral, contrato de aprendizaje, medidas de violencia y no discriminación en el mundo del trabajo, tercerización e intermediación laboral, medidas de equidad y reducción de brechas de género, medidas de transición de económicas y sociedades ambientalmente sostenibles, libertad sindical y derechos colectivos.
Referente al amplio contenido de la reforma laboral, nos permitimos relacionar sus aspectos mas claves o relevantes en derecho colectivo a tener en cuenta así:
Derecho Colectivo – Libertades Sindicales
| Garantías para el ejercicio de la libertad sindical | Garantías para el ejercicio de la libertad sindical: la reforma laboral propone los siguientes aspectos relevantes:
v Respeto a los derechos y garantías de las organizaciones de trabajadores libertad de autonomía sindical, acción y expresión v Permisos sindicales a los representantes y dirigentes y afiliados permisos remunerados para actividades sindicales (nuevo) v Acceso a los lugares de trabajo v Acceso a la información de la situación económica de la empresa entrega periódicamente de copia de los estados financieros e información sobre trabajadores, formas de vinculación sin menos cabo de la reserva empresarial v Protección contra actos de discriminación de trabajadores que no gocen de fuero sindical – impone carga de la prueba al empleador que el despido obedece a razones objetivas v Prohibición de conductas antisindicales
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| Procedimiento sumario de protección de derechos sindicales: | – Los trabajadores podrán acudir al juez laboral donde ocurrieron los hechos a fin de protección judicial por conductas antisindicales
– Proceso sumatorio sumada las etapas dan un total de: (19) días en todas las etapas del proceso y un total de 24 días si el tribunal en segunda instancia efectúa practica pruebas
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| Subdirectivas y comités seccionales | Propuesta de reforma pretende modificar el artículo 55 ley 50 de 1990
v Posibilidad de regulación en los estatutos la creación de subdirectivas seccionales en municipios diferentes del domicilio principal y que tenga un número inferior a los (25) afiliados v Posibilidad de regulación en los estatutos la creación de comités seccionales en municipios diferentes al domicilio principal o el domicilio de la subdirectiva que se tenga un número inferior de (12) miembros v Libertad a los sindicatos de industria prever en los estatutos la creación de subdirectivas en cada una de las empresas ubicadas en un municipio que tenga un número inferior a (25 afiliados y la misma regla para comités seccionades. v Aplicara fuero sindical subdirectivas y comités seccionales Efectos: v Aumento de representación sindical v Aumento de fueros sindicales v Aumento de conflictividad laboral
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| Trabajadores amparados por fuero sindical
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| Negociación Colectiva
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v Implementación de proceso de negociación colectiva unificada con las organizaciones de los trabajadores adoptando una sola mesa de negociación y una sola convención colectiva por nivel
v Ejercicio de negociación colectiva en todos los niveles
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| Pactos Colectivos
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v Prohibición de pactos colectivos donde exista sindicato en cualquier nivel
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| Contratos sindicales
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v Prohibición de contratos sindicales
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| Huelga
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v Regulación de servicios mínimos en los servicios esenciales
v Requisitos de la huelga contractual no puede iniciar sin que se haya agotado el procedimiento de arreglo directo y preaviso v Ajustes de votación de huelga a mayoría simple de los trabajadores afiliados si agrupan a tercera parte v Ajuste de votación de huelga con aprobación de la tercera parte de los trabajadores de la empresa si el sindicato no agrupa la tercera parte v Ilegalidad de la huelga pretende solo declaratoria de ilegalidad del juez en los casos de servicios públicos esenciales, no sea pacífica y no se cumpla el preaviso de la huelga de (2) días v Posibilidad de huelga parciales sin mayoría
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Fuente:
- Proyecto 166 de 2023C Cámara de representantes.