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¿La declaración de los activos omitidos o pasivos inexistentes generará renta por comparación patrimonial?

¿La declaración de los activos omitidos o pasivos inexistentes generará renta por comparación patrimonial?

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La Ley de Inversión social establece un nuevo impuesto denominado impuesto de normalización tributaria complementario al impuesto sobre la renta.

“No habrá lugar a la comparación patrimonial ni a renta líquida gravable por concepto de declaración de activos omitidos o pasivos inexistentes.”
Ley 2155 de 2021, artículo 3º

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