| Las personas naturales que se encuentran obligadas a presentar la declaración de renta y complementario por el año gravable 2021 y que al 31 de diciembre del citado año poseían acciones o participaciones sobre alguna sociedad nacional, tienen el derecho a solicitar la emisión del certificado anual de accionistas o socios en la Administración de la Compañía en la cual tiene participación.
Adicionalmente, de acuerdo a lo establecido en el parágrafo 1, del artículo 40, del Decreto Reglamentario 2623 de 2014, las compañías cuentan con un plazo de 15 días calendario para emitir dicho certificado, contados a partir de la fecha de solicitud del mismo por parte del contribuyente.
En OCH Group, compartimos con nuestros usuarios un formato de esta certificación, que seguramente por esta época muchos contribuyentes están solicitando para tener disponible la información necesaria de su declaración de renta del año gravable 2021.
Es importante recordar que la determinación de los dividendos o participaciones no gravados en cabeza de los accionistas está regulada por el artículo 49 del Estatuto Tributario, por lo que sugerimos al usuario consultar la citada norma antes de diligenciar este espacio.
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Adicionalmente, consideramos importante aclarar que el valor intrínseco de la acción o cuota no corresponde al valor patrimonial de las acciones que las personas naturales deben reportar en su declaración de renta; el costo de estas acciones debe ser medido en virtud de lo consagrado en el artículo 272 del Estatuto Tributario que establece que “Las acciones y derechos sociales en cualquier clase de sociedades o entidades deben ser declarados por su costo fiscal, ajustado por inflación* cuando haya lugar a ello.”, que a su vez, nos remite a los artículos 68, 73 y 76 del Estatuto Tributario.
Fuente: Decreto 2623 de 2014, Estatuto Tributario