Autor: Susana Correa Acebedo
Para analizar el tema, partiremos de la base del presunto proyecto de presente laboral conocido por el público hasta el momento, reforzando posteriormente con el proyecto final que se radique en el congreso de la república para discusión. Así, hacemos un pequeño resumen de los cambios que traería al ordenamiento jurídico laboral, en los aspectos de derecho laboral individual:
A. En cuanto a los contratos de trabajo:
Se hace un fortalecimiento de la figura del contrato de trabajo a término indefinido, imponiendo condiciones más fuertes a las figuras del contrato de trabajo a término fijo y contrato de trabajo por obra y labor, así :
Término fijo: | Término Obra o labor: |
1.No aplicaría para labores permanentes y que hagan parte del giro ordinario de los negocios del empleador. | 1. Se debe poner siempre por escrito, ya no se permite verbal. |
2.Requiere la razón de la contratación, para determinar que verdaderamente es perecedera en el tiempo. | 2. Se debe especificar la obra |
3. Si no tiene una razón especifica que pueda ser perecedera en el tiempo, se presume indefinido. | 3. Se presume indefinido si no hay claridad en la obra |
4. Si la razón específica traída a colación cuando se inició la relación laboral persiste en el tiempo, no se puede terminar. | 4. Este contrato deberá reflejar los elementos esenciales de la actividad laboral e incluir, de forma precisa, específica y taxativa, la obra o labor que se realizará. |
5.No proceden prórrogas automáticas, se presumirán indefinidos. |
B. Derechos laborales:
DERECHO | REGULACIÓN
HOY |
REGULACIÓN REFORMA |
Dominical y Festivo | Se paga con 75% de recargo el trabajo dominical | Se paga con 100% de recargo el trabajo dominical |
Trabajo Nocturno | Se comienza a pagar trabajo con recargo a partir de las 9:01 pm | Se comienza a pagar trabajo con recargo a partir de las 6:01 pm |
Jornada Laboral | Cuarenta y ocho horas (48h) laborales semanales. | Cuarenta y dos horas (42h) laborales semanales |
Día de la Familia | Día de la familia se elimina con reducción de jornada | Día de la familia no se elimina con reducción de jornada |
Aprendices | Se vinculan por medio de contrato de aprendizaje | |
Licencia de Paternidad | Dos (2) semanas | Doce (12) semanas |
C. Estabilidad laboral reforzada:
Se amplía el alcance del concepto de estabilidad reforzada de la siguiente manera:
- Se garantizará la estabilidad para todas las personas trabajadoras, no solo para aquellos que en la actualidad gozan de la misma por los fueros especiales establecidos por la ley y la jurisprudencia.
- Se creará la acción de reintegro cuando no se cumplan las condiciones de la estabilidad laboral reforzada.
- En caso de terminación sin cumplir las condiciones, el trabajador podrá elegir reintegro o indemnización por despido sin justa causa, así:
Término | Valor (días de salario) |
Menos de 1 año | 45 |
1 a 5 años | 45+ 15 por año adicional |
5 a 10 años | 45+ 20 por año adicional |
Mas de 10 años | 45+40 por año adicional |
- Para la terminación del contrato en los casos de los fueros de estabilidad laboral reforzada actualmente estipuladas , debe garantizarse acudir al juez para proceso especial del levantamiento de fuero.
Fuente: Presunto proyecto de ley reforma laboral