De acuerdo con las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF o IFRS por sus siglas en ingles), y específicamente con NIC 23 – Costos por préstamos, los intereses incurridos en la construcción o desarrollo de un activo apto son susceptibles de capitalización como mayor valor del activo, reconociendo la financiación como un costo o gasto necesario para la construcción y/o desarrollo de este al ser incluido en los estados financieros de la compañía.
Sobre esto, NIC 23 en sus párrafos 10 y 11 menciona:
“10. Los costos por préstamos que son directamente atribuibles a la adquisición, construcción o producción de un activo apto, son aquellos costos por préstamos que podrían haberse evitado si no se hubiera efectuado un desembolso en el activo correspondiente. Cuando una entidad toma fondos prestados que destina específicamente a la obtención de un activo apto, los costos por préstamos relacionados con éste pueden ser fácilmente identificados.
- Puede resultar difícil identificar una relación directa entre préstamos recibidos concretos y activos aptos, para determinar qué préstamos podrían haberse evitado. Esta dificultad se pone de manifiesto, por ejemplo, cuando la actividad financiera de la entidad está centralizada. También aparecen dificultades cuando un grupo de entidades utiliza una gama variada de instrumentos de deuda para obtener financiación a diferentes tasas de interés, y presta luego esos fondos, con diferentes criterios, a otras entidades del grupo. También pueden surgir dificultades cuando se usan préstamos expresados o referenciados a una moneda extranjera, cuando el grupo opera en economías altamente inflacionarias, y cuando se producen fluctuaciones en las tasas de cambio. Como resultado de lo anterior, la determinación del importe de los costos por préstamos que son directamente atribuibles a la adquisición de un activo apto puede resultar difícil, y se requiere la utilización del juicio profesional para realizarla.”
En contra posición a esto, NIIF para Pymes, tratando de mantener la filosofía de simplificación de los tratamientos contables respecto de las normas de carácter pleno, indica que ningún costo por préstamo, es decir ningún gasto por intereses, debe ser capitalizado como mayor valor de un activo y que, por el contrario, en todos los casos, estos intereses deben ser llevados a los resultados del periodo en el que se incurrieron.
Al respecto, la Normas Internacional de Información Financiera para Pymes en sus sección 25 párrafo 2 menciona:
“25.2 Una entidad reconocerá todos los costos por préstamos como un gasto en resultados en el periodo en el que se incurre en ellos.”
Así las cosas, si dentro del normal desarrollo de los negocios de una compañía, como pudiera ser el ejemplo de una constructora, la capitalización en el activo de los costos por prestamos e intereses son un asunto relevante dentro de la estructura de costos, esta compañía no debería optar por la aplicación de NIIF Pymes, pues en este caso, los intereses deberían ser completamente llevados a resultados y no existe opción alguna de capitalización.
Fuente:
- NIIF para Pymes