Además de los factores de riesgo LA/FT enunciados en el Capítulo X de la Circular Básica Jurídica, ante la actual crisis generada por la pandemia del COVID-19 se han identificado como principales riesgos de lavado de activos y
financiación del terrorismo los siguientes:
- Tráfico de medicamentos falsificados, adulteración de implementos médicos y venta de algunos insumos sin los estándares de calidad exigidos por el sector salud.
- Aumento de fraudes financieros y estafas con ocasión de la incertidumbre económica y los miedos causados por la pandemia.
- Incremento de los delitos relacionados con corrupción por la necesidad y urgencia que supone un estado de emergencia nacional dentro de los procesos de contratación del estado.
- Uso de economía informal para proporcionar financiamiento.
- Oferta de inversiones fraudulentas en modalidad de esquema ponzi ante la incertidumbre económica y los medios derivados de la pandemia.
- Uso de activos virtuales como método para el lavado de activos.
- Aumento de las operaciones financieras remotas o no presenciales y compra de productos y servicios en línea, lo cual podría ser aprovechado por los delincuentes para realizar fraudes y delitos cibernéticos.
- Evasión de los controles dispuestos por las empresas para el adecuado conocimiento de los clientes y demás contrapartes a causa del trabajo de manera remota.
- Reducción en el volumen de los reportes de operaciones sospechosas recibidos y posible retraso en la obtención de información adicional requerida para el análisis o investigaciones en curso.
- Reclutamiento de personas para apoyar actividades criminales que generan recursos susceptibles de ser lavados ante las necesidades económicas de la población y el desempleo.
- Mal uso y abuso de las organizaciones sin fines de lucro.
- Uso indebido de las personas jurídicas para obtener y posteriormente lavar dinero u ocultarlo.
- Dificultad en el mantenimiento óptimo de un SAGRILAFT por parte del sector privado ante el cese o disminución temporal de funciones que involucran la actividad presencial de sus recursos humanos.
- Cierre temporal o intermitencia de algunas actividades económicas que impiden el adecuado cumplimiento de las obligaciones en materia de LA/FT.
¿Cuáles son las prácticas y medidas encaminadas a mitigar los principales riesgos LA/FT asociados al COVID-19?
Con el objetivo de mitigar los riesgos asociados al COVID-19 en materia LA/FT y responder a los nuevos desafíos, se proponen, entre otras, las siguientes prácticas y medidas:
- Implementar planes de continuidad de negocio en respuesta a la crisis que incluyan la implementación de medidas LA/FT con un enfoque basado en riesgos.
- Implementar protocolos claros de trabajo remoto dirigidos al talento humano con el objetivo de mantener un óptimo funcionamiento del SAGRLAFT con ocasión de la incertidumbre económica y los miedos causados por la pandemia.
- Identificar los riesgos asociados al COVID-19 de cara al tipo de negocio, la operación, el tamaño, las áreas geográficas donde opera, entre otras características particulares y establecer controles que se traduzcan en una disminución de la posibilidad del acaecimiento o impacto del riesgo LA/FT.
- Hacer uso responsable de los servicios digitales financieros y no financieros.
- Procurar mayor y mejor monitoreo en las transacciones financieras, sobre todo en las electrónicas de orden internacional.
- Hacer uso de un enfoque de debida diligencia del cliente y demás contrapartes basado en los nuevos riesgos asociados al COVID-19.
- Hacer uso de la identidad digital para identificar a los clientes en la incorporación y al realizar transacciones. Para ello, se podrá hacer uso de herramientas tales como la guía de identidad digital publicada por el Grupo de Acción Financiera (GAFI), a través del siguiente link: http://www.fatf-gafi.org/media/fatf/documents/reports/Digital-ID-in-brief.pdf
- Hacer uso de todas las herramientas y aplicativos disponibles en las empresas para identificar operaciones inusuales o sospechosas.
- Hacer uso de canales electrónicos y digitales con el fin de obtener los soportes de las operaciones, negocios y contratos.
- Dejar documentado el análisis de cada situación que pueda ser una fuente de riesgo LA/FT asociado al COVID-19, con el fin de implementar los controles necesarios y facilitar su seguimiento.
¿Cuál es el rol del oficial de cumplimiento de cara a los riesgos LA/FT asociados al COVID-19?
Conforme a lo dispuesto en el Capítulo X de la Circular Básica Jurídica, las Empresa Obligadas a implementar un sistema de autocontrol y gestión del riesgo LA/FT – SAGRLAFT, deben contar con un oficial de cumplimiento o funcionario que haga sus veces con el fin de que en la empresa haya una persona responsable de la supervisión y verificación del cumplimiento del Sistema.
De manera general, el oficial de cumplimiento es uno de los pilares fundamentales del SAGRLAFT pues, está involucrado directamente con cada uno de los elementos y etapas del sistema, incluyendo el control y monitoreo de los distintos riesgos que se presentan.
De ahí que, el rol de los oficiales de cumplimiento de cara a los riesgos asociados al COVID-19 en materia LA/FT resulta aún más relevante, pues deberán promover la adopción oportuna de los correctivos y actualizaciones al SAGRLAFT y aplicar nuevas metodologías que les permita identificar, medir y controlar los nuevos riegos presentados.
Conforme a lo anterior, los oficiales de cumplimiento podrán hacer uso de todas aquellas herramientas que se encuentren a su disposición, con el fin de gestionar los riesgos asociados al COVID-19.
Fuente:
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