¿El valor de la base gravable del impuesto de normalización tributaria por un activo omitido se considerará costo fiscal para una venta futura del bien?
La base gravable de los bienes que son objeto del impuesto complementario de normalización tributaria será considerada como el precio de adquisición de dichos bienes para efectos de determinar su costo fiscal.
¿Cuál es el valor por el cual deben declararse los activos omitidos que se encuentren en estructuras jurídicas con un valor sustancialmente inferior?
Las estructuras que se hayan creado con el propósito de transferir los activos omitidos, a cualquier título, a entidades con costos fiscales sustancialmente inferiores al costo fiscal de los activos subyacentes, no serán reconocidas y la base gravable se calculará con fundamento en el costo fiscal de los activos subyacentes.
¿El impuesto de normalización tributaria, propuesto en la Reforma Tributaria 2021, podría deducirse en el impuesto sobre la renta?
“El impuesto de normalización no es deducible en el impuesto sobre la renta”
El proyecto de Reforma Tributaria 2021 permitirá sanear aquellos activos normalizados en reformas tributarias anteriores, elevando su valor y pagando el impuesto de normalización.
“Cuando los contribuyentes tengan declarados sus activos diferentes a inventarios, objeto de las normalizaciones tributarias consagradas en las Leyes 1739 de 2014, 1943 de 2018 o 2010 de 2019, por un valor inferior al de mercado, podrán actualizar su valor incluyendo las sumas adicionales como base gravable del impuesto de normalización.”
Fuente: Proyecto de Ley de Inversión Social