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¿Conoces los nuevos cambios de prestaciones económicas y otras disposiciones del sistema General de Salud?

OCH Blog Cambios en prestaciones Economicas

Este contenido es producido por OCH Group, Independent Member de GGI en Colombia.

Infórmese las nuevas regulaciones del sistema general de salud referentes a las prestaciones y otras disposiciones relevantes con el Decreto 1427 de 2022.

Autor: Laura Valderrama

El Ministerio de Salud con la expedición del Decreto 1427 de 2022, sustituye el Titulo tercero del libro del Decreto 780 de 2016, haciendo reglamentación de prestaciones económicas del Sistema de Seguridad social en Salud. La presente regulación adicional siete capítulos relacionados con disposiciones generales, licencia de maternidad y paternidad, incapacidad de origen común, documentos, validación y liquidación y pago de prestaciones económicas, revisión de periódica de la incapacidad y concepto de rehabilitación, incapacidades superiores a 540 días, situaciones de abuso del derecho.

Nos permitimos exponer los aspectos relevantes de cada capítulo:

Capitulo 1. Disposiciones Generales:

Este capítulo a nivel global regula los lineamientos para la expedición y pago de licencias de maternidad y paternidad, incapacidades de origen común incluyendo los superiores 540 días, definición de situaciones de abuso del derecho y su respectivo procedimiento.

En cuanto al campo de aplicación indica que es objeto de regulación para la entidad promotoras de salud EPS, a las entidades prestadoras de salud IPS, los aportantes, es decir los empleadores personas naturales y jurídicas, los afiliados cotizantes incluyendo el régimen especial o especial o su cónyuge que cuente con relación laboral o ingresos adicionales, la administradora de recursos en salud ADRES, Unidad administrativa especial de gestión pensional y contribuciones parafiscales UGPP y las administradoras de fondos de pensiones AFP.

Adicionalmente trae unas definiciones para tener en cuenta:

  • Muerte Materna Tardía: Es el fallecimiento de la mujer por causas obstétricas directas o indirectas después de los 42 días siguientes a la terminación a la terminación del embarazo y antes de un año de terminación de este.
  • Muerte Materna Temprana: La muerte de la mujer mientras esta embarazada o dentro de los 42 días siguientes a la terminación del embarazo, debido a cualquier causa relacionada con o agravada por el embarazo o su atención, pero no por causas accidentales o incidentales
  • Parto a término: Expulsión del feto fuera del organismo materno cuando la edad gestacional sea igual o inferior 37 semanas.
  • Parto pretérmino: Expulsión del feto fuera del organismo materno cuando la edad gestacional es mayor a 22 semanas y menor 37 semanas.

Por otra parte, regula la competencia y responsabilidad en la expedición de los certificados de incapacidad, licencia maternidad, por parte de los médicos y odontólogos tratantes inscritos en el Rethus y los profesionales que están prestando el servicio obligatorio provisional.  Asimismo, indica que las incapacidades de origen común, licencia de maternidad, el acto médico y odontológico esta sujetas a las normas de la ética médica y la responsabilidad del deber de consignar los hechos reales en la historia clínica. (Ley 23 de 1981, 35 de 1989, Articulo 17 de la ley 1751 de 2015)

Capitulo 2. Licencia de Maternidad

Las reglas para el reconocimiento y pago de licencia de maternidad: Se requiere que la afiliada acreditada las siguientes condiciones del parto:

  • Esta afiliada al sistema de seguridad social en Salud, en calidad de cotizante y en estado activo
  • Haber realizado los aportes durante los meses que correspondan al periodo gestación
  • Contar con el certificado de licencia maternidad expedido por el medico de la red de la entidad promotora de salud o entidad avalada por esta

 

 

 

 

 

Pago de licencia de maternidad:

  • Se hará el pago de la licencia completa si efectuó el pago completo de la cotización en el periodo de gestación y se reconocer interés de mora cuando procedan.
  • Se hará el pago de la licencia proporcional por la cotización en el periodo inferior gestación a excepción de las trabajadoras independientes con un ingreso base de cotización de un salario mínimo legal vigente

Termino de licencia de maternidad:

  • Parto pretérmino: La licencia es la correspondiente del resultado del calculo de la diferencia de la edad gestacional y nacimiento término, la que sumara a los (18) semanas en los casos de parto múltiple o de un hijo con discapacidad, se ampliara en (2) semanas, siempre que los hijos hubieran nacido vivo de acuerdo con la norma.

 

la afiliada tendrá derecho a una licencia entre 2 a 4 semanas según el criterio médico, remunerada con el salario que devenga al momento de su inicio, sin perjuicio que el medico pueda otorgarle una incapacidad de origen común una vez culmine con la licencia anteriormente indicada.

Condiciones para el pago de licencia maternidad por extensión de la madre adoptante: Al respecto se aplicará las siguientes reglas:

  • Tener el cumplimiento de las condiciones de afiliación y cotización en Salud a la fecha de entrega del menor.
  • La licencia de maternidad es compatible con la licencia de paternidad y para el padre adoptante no exige que sea cotizante activo al régimen contributivo.

 

Licencia de Maternidad del trabajador independiente con un ingreso base de cotización de un salario mínimo legal vigente: Cuando la trabajadora independiente, con un ingreso base de cotización de un salario mínimo legal vigente, haya cotizado un periodo inferior al de gestación tendrá derecho al pago de la licencia de acuerdo con los siguientes requisitos:

  • Cuando ha dejado cotizar hasta 2 periodos, procederá el pago de la licencia
  • Cuando ha dejado cotizar por mas de 2 periodos, procederá el pago proporcional de licencia del monto equivalente al salario mínimo legal vigente.

Certificados de licencia maternidad o documento expedido en otro país. Esta nueva regulación faculta que los certificados de licencia de maternidad o documento equivalente expedido en otro país, para efectos del reconocimiento de la entidad promotora de salud o entidad adoptada, deberán ser legalizados o apostillados en la embajada del consulado Colombia o su defecto el de una nación amiga. Sera indispensable adjuntar el resumen de la historia clínica o epicrisis los cuales deben estar traducidos al español por traductor oficial.

Plazo de legalización de licencia maternidad expedido en otro país. El aportante dispone de 6 meses a partir de la fecha que se genero la licencia de maternidad para solicitar a la EPS la validación de la licencia expedida en otro país

Licencia de Paternidad: Cuenta con los siguientes requisitos:

  • Deber ser disfrutada durante los 30 días siguientes a la fecha de nacimiento del menor o de la entrega oficial del menor que se ha adoptado.
  • Haber efectuado los aportes durante los meses de gestación de la madre para el pago completo de la licencia o proporcional
  • Gestionar por parte del empleador o el trabajador independiente ante la EPS antes de los 30 días el registro civil del menor o el acta de entrega oficial del menor.
  • El pago de licencia de paternidad será cancelado con el ingreso base declarado en el mes que nace el menor o que fue entregado oficialmente.

 

Licencia de maternidad y paternidad concomitante con incapacidad de origen común: Si durante la época de licencia de maternidad o paternidad, preparto coexista incapacidad de origen común, se causará solamente la licencia de maternidad o paternidad. Si termine la licencia subsiste la incapacidad se reconocerá la prestación económica.

IBC para el reconocimiento y pago de licencia de maternidad y paternidad. La licencia maternidad y paternidad se cancelará con el ingreso base de cotización reportado al momento de iniciar esta.

Cuando coexista multiplicidad aportantes se reconocerá la licencia independiente y de acuerdo con lo aportado durante el periodo de gestación.

Capitulo 3 Incapacidad de origen común

En cuanto a las incapacidades de origen común se establecen las siguientes condiciones:

  • Estar afiliado al sistema general de salud en calidad de cotizante, incluido con los pensionados con ingresos adicionales
  • Tener una cotización como mínimo 4 semanas inmediatamente anterior a la incapacidad
  • Contar con el certificado medico de incapacidad
  • El reconocimiento y pago de la incapacidad de origen común y sus prorrogas, se toma con el ingreso base de cotización reportado en el mes anterior, al inicio de la incapacidad, bajo el entendido que el 1 día de incapacidad inicial y no el de las prórrogas.

Certificados de incapacidad de origen común expedidos en otro país: Los certificados médicos de incapacidad o equivalente serán reconocidos ante la EPS si son legalizados o apostillados ante la embajada de Colombia o nación amiga. Sera indispensable adjuntar la epicrisis y la historia clínica con traducción oficial. Y tendrá un plazo de 6 meses contados desde la fecha de incapacidad

 

 

Reconocimiento y pago de incapacidades simultaneas:

  • Simultanea Incapacidad de origen común: Cuando se presenta 2 o mas incapacidades de origen común, se entenderá que es una sola incapacidad desde el inicial hasta el último de día de la amplia. Se registra la incapacidad de forma independiente.
  • Simultanea Incapacidad de origen común y laboral: En estos eventos solo tendrá derecho de 1 sola prestación la incapacidad que mayor beneficio otorgue.

Incapacidad de origen común, durante la época de vacaciones: Durante la época de vacaciones el cotizante se expida la incapacidad de origen común, se interrumpe las vacaciones por el tiempo que dure la incapacidad y se reanudarán al día siguiente de la culminación de la incapacidad.

Incapacidad de origen de protección laboral: No habrá lugar a reconocimiento y pago de incapacidad de origen común, durante el periodo de protección laboral.

Capitulo 4. Documentos de validación, liquidación y pago de las prestaciones económicas:

La EPS hará la revisión y liquidación de la prestación económica por los 15 días hábiles siguientes y dentro 5 días hábiles siguientes para un total de 20 días hábiles siguientes.

Prestaciones por fuera del país: los trabajadores colombianos que se desplacen por fuera del país con el que se tenga suscrito el convenio de seguridad social, la prestación de servicios en salud para el cotizante y su grupo familiar se efectuara únicamente en Colombia.

 

 

 

 

Capitulo 5. Revisión periódica de la incapacidad y concepto de rehabilitación:

Dichos procesos de rehabilitación se realizarán cada 60 días calendario el avance de su recuperación de su capacidad laboral en el que se valide la norma evolución y su estado de recuperación.

Capitulo 6. Incapacidades superiores a 540 días

Las EPS serán las encargas del reconocimiento y pago a los cotizantes de las incapacidades de origen común cuando:

  • Exista evento favorable de rehabilitación expedido por el medico tratante, en virtual de la cual se requiera continuar con el tratamiento médico.
  • Cuando el paciente no haya tenido recuperación durante el curso de la enfermedad o lesión que origino la incapacidad de origen común.
  • Cuando por enfermedades concomitantes se haya presentado nuevas situaciones que prologuen el tiempo de recuperación del paciente.

Capítulo 7. Situaciones de abuso del derecho

Se configura como abuso del derecho las siguientes conductas:

  • Cuando la entidad promotora de salud establezca que el cotizante no ha seguido el tratamiento y terapias ordenas por el medico tratante, no asista a las valoraciones, exámenes médicos y controles y no cumpla con los procedimientos y recomendaciones necesarios para su rehabilitación al menos con el 30%.
  • Cuando el cotizante no asista a los exámenes y valoraciones para determinar el origen de perdida de capacidad laboral
  • Cuando se detecte fraude o alteración en algunas etapas del transcurso de la incapacidad
  • Comisión de actos y conductas presuntamente contrarias a ley relacionadas con su estado de salud
  • Cuando se detecte fraude al otorgar la certificación de incapacidad
  • Cuando se efectué cobros con datos falsos
  • Cuando se detecte durante el tiempo incapacidad se encuentra emprendiendo una actividad alterna que le impida la recuperación.

Al respecto la entidad promotora de salud realizara el procedimiento administrativo frente al abuso de derecho de incapacidades de origen común.

 

Fuente: Decreto 1427 de 2022

 

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