Autor: Laura María Valderrama Cano – Labor Law Manager – E-mail: laura.valderrama@ochgroup.co
- Contexto:
Los estándares mínimos de salud y seguridad en el trabajo, es obligación de implementación por parte de los empleadores, es el que se comprende del sistema de gestión de salud y seguridad en el trabajo SG-SST mediante un desarrollo de un proceso lógico y por etapas basado en la mejora continua que incluye la planificación, aplicación, evaluación, auditorias y acciones de mejora consecuentes a la prevención, control de riesgos de salud y seguridad en el trabajo.
En el marco de la normatividad a partir Resolución 111 de 2017, todas las empresas deben contar con un sistema de gestión de salud y seguridad en el trabajo con las siguientes fases de implementación:
- Evaluación inicial
- Plan de mejoramiento de la evaluación inicial
- Ejecución del SG-SST
- Seguimiento del responsable SG-SST de la empresa & Mintrabajo
- Inspección vigilancia y Control
La implementación definitiva del sistema de gestión y seguridad en el trabajo empezó su vigencia desde enero de 2020 en el que deberá contener para cada año el Plan anual para los años 2020,2021, 2022 y subsiguientes y su calificación será de conformidad a la tabla de estándares mínimos de SG-SST que comprende los ciclos de planeación, gestión del cambio, verificación y actuación y mejoramiento del SG-SST.
Es importante, el diligenciamiento del reporte de autoevaluación de estándares mínimos SG-SST, el cual deberá ser efectuada por el responsable del SG-SST en el marco de la resolución 0312 de 2019.
- Circular 014 del 2021 Mintrabajo. Término de registro de las autoevaluaciones y planes de mejoramiento SG-SST
El viceministerio de relaciones laborales e inspección mediante la Circular 014 del 2021 del 1 de febrero, dirigió a los empleadores públicos y privados información del registro de las evaluaciones y planes de mejoramiento, indicando a los interesados que la normatividad no tiene un plazo máximo de tiempo para realizar el registro de las autoevaluaciones y los respectivos planes de mejoramiento de los estándares de mínimos del sistema de gestión de salud y seguridad en el trabajo SG-SST.
Recordando, el parágrafo 2 del Artículo 28 de la Resolución 312 de 2019, los responsables pueden continuar con el registro de forma paulatina y progresiva la información de los años 2019 y 2020 de conformidad a los formatos de autoevaluación y planes de mejora www.fondoriesgoslaboral.gov.co, sección autoevaluación y plan de mejoramiento.
- Recomendaciones implementación Estándares mínimos SG-SST
Se recomienda a los empleadores surtir todos los aspectos necesarios tendientes a los estándares mínimos del sistema de gestión de salud y seguridad en el trabajo que permitan la prevención, control de riesgos, promoción del bienestar físico, mental y social de los trabajadores en lugar de trabajo. Es importante llevar a cabo:
- Registros de indicadores mínimos del SG-SST (registro de indicadores del Sistema de gestión de salud y seguridad en el que conste: la severidad, frecuencia, mortalidad de accidentes de trabajo, prevalencia e incidencia de las enfermedades laborales y ausentismo laboral
- Evaluación inicial del SG-SST
- Ejecución del SG-SST
- Implementación de planes de mejora
En este orden de ideas, podemos concluir la importancia de los empleadores de su adecuado cumplimiento a la normatividad y evitar sanciones que se podría aplicar bajo criterios de reincidencia, resistencia, daño o peligro a los intereses tutelados, muerte del trabajo, ausencia y deficiencia de las actividades de promoción y prevención. La imposición de multas va de acuerdo al tamaño de la empresa y activos totales y que podrá oscilar a los (500) Salarios mínimos legales mensuales vigentes. (Decreto 171 de 2016)
Fuentes:
- Resolución 111 de 2017
- Resolución 312 de 2019
- Circular 014 de 2021 Mintrabajo
- Decreto 171 de 2016